SEÑOR DIRECTOR REGIONAL (LA QUE CORRESPONDA) DEL SERVICIO DE RENTAS
INTERNAS
....................... (nombre del reclamante), en mi calidad de .................. (calidad por la que comparece) de (nombre de la compañía por la que
comparece o por sus propios y personales derechos) tal como se desprende del
nombramiento adjunto (Anexo 1), ubicada en la (domicilio tributario) de la
ciudad de (la que corresponda), Provincia de (la que corresponda), con Registro
Único de Contribuyentes (RUC) No. ............................, ante usted
comparezco y amparado en lo que disponen los artículos 122 y 123 del Código
Tributario Orgánico, solicito la devolución de impuestos conforme a lo
siguiente:
A. ANTECEDENTES:
1.- Con fecha ..................
de ..................
del 20 (nombre de la compañía por la que comparece o
por sus propios y personales derechos),en cumplimiento del mandato legal
presentó su declaración de Impuesto a la Renta por el ejercicio económico ............................, conforme se
desprende del Formulario 101 N° ..................
(N° ............................ del formulario)
(Anexo 2).
2.- (nombre de la compañía por la
que comparece o por sus propios y personales derechos) de acuerdo a su
declaración de Impuesto a la Renta por el año 20 ............................,
generó un valor por concepto de Impuesto a la Renta a pagar de USD ............................,
conforme aparece en la casilla No. ............................ del Formulario
101. De igual manera en el formulario 101 se aprecia que el Impuesto a la Renta
causado ..................... (casilla 839) es mayor que el Anticipo Mínimo
calculado ..................... (casilla 841) constituyéndose así, el impuesto
causado como impuesto a la renta definitivo; aplicando por lo tanto lo
establecido en el Art. 79 del Reglamento a la Ley Orgánica de Régimen
Tributario Interno:
"...Tendrán derecho a presentar un reclamo de pago indebido, o una
solicitud de pago en exceso, o a utilizar directamente como crédito tributario
sin intereses para el pago del impuesto a la renta que cause en los ejercicios
impositivos posteriores y hasta dentro de 3 años contados desde la fecha de la
declaración, los contribuyentes definidos en el literal b) del artículo 72,
según corresponda, así:
...ii) Por las retenciones que le hubieren sido efectuadas, en la parte
en la que no hayan sido aplicadas al pago del impuesto a la renta, considerando
el saldo, pendiente del anticipo pagado, en el caso de que el impuesto a la
renta causado fuere mayor al anticipo pagado..."
3. - Durante el ejercicio económico 20 ............................ las
retenciones en la fuente efectuadas a (nombre de la compañía por la que
comparece o por sus propios y personales derechos) alcanzaron la suma de USD ............................
valor que consta en la casilla 846 del Formulario 101 y que se desprende de las
copias adjuntas de los comprobantes de retención (Anexo 6) y listado en medio
magnético adjunto (Anexo 7) y del saldo de la cuenta de mayor (Anexo 5). De
igual manera, durante el ejercicio económico 20 ............................,
la compañía registra un valor por Crédito Tributario de años anteriores de USD ............................,
de acuerdo a la casilla ..................... del Formulario 101; tal como se
desprende del saldo de la cuenta de mayor (Anexo 12)
4.- ............................ (nombre de la compañía por la que
comparece o por sus propios y personales derechos).,en el ejercicio económico
20 ................, canceló por concepto de anticipo de impuesto a la renta la
cantidad de USD ....................... esto en base a las siguientes
consideraciones:
4.1 En el Formulario 101 No. ....................... (N° .......................
de formulario) del año (año anterior al que se encuentra reclamando), casilla .......................
aparece el valor de USD ....................... de anticipo a cancelar el
próximo año (Anexo 3).
4.2 En el Formulario 101 No. ..................... (N° ............................
de formulario) del año 20 ............., casilla 845 aparece el valor de .......................
USD por saldo de anticipo pendiente de pago del ejercicio fiscal .......................
5. - De lo expuesto en numerales anteriores, se desprende que ............................ (nombre de la compañía por la que comparece o por sus
propios y personales derechos).,pagó más allá de la justa medida por el
ejercicio fiscal del año 20 ..............., por concepto de Impuesto a la
Renta, una suma equivalente a USD ............................ según el
siguiente detalle:
CONCEPTO VALOR:
Impuesto a la Renta causado en el año 20 ............................,
casilla 839 del Formulario 101 USD ............................ Menos:
Anticipos pagados (USD ............................)
Saldo de impuesto a la renta pendiente de pago ( suma de las casillas
842 y 845 del Formulario 101)
|
USD .............
|
Menos: Crédito Tributario de años anteriores, casilla 850 del
Formulario 101
|
(USD ..........)
|
Menos: Retenciones en la fuente de Impuesto practicadas a(nombre de la
compañía por la que comparece o por sus propios y personales derechos
........................, en el 20 ............................, casilla 846
del Formulario 101
|
(USD ...........)
|
Total pagado indebidamente
|
USD .............
|
BASE LEGAL:
1. El artículo 122 del Código Tributario Orgánico (CTO) dispone que:
"Se considerará pago indebido, el que se realice por un tributo no
establecido legalmente o del que haya exención por mandato legal; el efectuado
sin que haya nacido la respectiva obligación tributaria, conforme a los
supuestos que configuran el respectivo hecho generador. En iguales condiciones,
se considerará pago indebido aquel que se hubiere satisfecho o exigido
ilegalmente o fuera de la medida legal."
2. El artículo 123 del CTO dispone que "se considerará pago en
exceso que resulte en demasía en relación con el valor que debió pagarse al
aplicar la tarifa prevista en la ley sobre la respectiva base imponible. La
administración tributaria, previa solicitud del contribuyente, procederá a la
devolución de los saldos en favor de éste, que aparezcan como tales en sus
registros, en los plazos y en las condiciones que la ley y el reglamento
determinen, siempre y cuando el beneficiario de la devolución no haya
manifestado su voluntad de compensar dichos saldos con similares obligaciones
tributarias pendientes o futuras a su cargo.
Si el contribuyente no recibe la devolución dentro del plazo máximo de
seis meses de presentada la solicitud o si considera que lo recibido no es la
cantidad correcta, tendrá derecho a presentar en cualquier momento un reclamo
formal para la devolución, en los mismos términos previstos en este Código para
el caso de pago indebido".
3.EI Art. 46 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) establece
que "Los valores retenidos de acuerdo con los artículos anteriores
constituirán crédito tributario para la determinación del impuesto a la renta
del contribuyente cuyo ingreso hubiere sido objeto de retención, quien podrá
disminuirlo del total del impuesto causado en su declaración anual".
4. El Art. 47 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) establece
que "... En el caso de que las retenciones en la fuente del impuesto a la
renta sean mayores al impuesto causado o no exista impuesto causado, conforme
la declaración del contribuyente, éste podrá solicitar el pago en exceso,
presentar su reclamo de pago indebido o utilizarlo directamente como crédito
tributario sin intereses en el impuesto a la renta que cause en los ejercicios
impositivos posteriores y hasta dentro de 3 años contados desde la fecha de la
declaración; la opción así escogida por el contribuyente respecto al uso del
saldo del crédito tributario a su favor, deberá ser informada oportunamente a
la administración tributaria, en la forma que ésta establezca
La Administración Tributaria en uso de su facultad determinadora
realizará la verificación de lo declarado. Si como resultado de la verificación
realizada se determina un crédito tributario menor al declarado o inexistente,
el contribuyente deberá pagar los valores utilizados como crédito tributario o
que le hayan sido devueltos, con los intereses correspondientes más un recargo
del 100% del impuesto con el que se pretendió perjudicar al Estado".
Si el contribuyente optó por presentar el reclamo y el Director General
del Servicio de Rentas Internas no lo hubiere resuelto dentro del plazo establecido
por el Código Tributario, aquel podrá compensar directamente este saldo con el
impuesto a la renta o sus anticipos causados en ejercicios posteriores. En este
caso se considerarán los intereses correspondientes computados de conformidad
con el artículo 21 del antes referido cuerpo legal, sin perjuicio del derecho
de verificación. que será ejercido por parte del sujeto activo.
5. El Art. 79 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen
Tributario Interno indica respecto a los reclamos por pagos indebidos o en
exceso: "...Tendrán derecho a presentar un reclamo de pago indebido, o una
solicitud de pago en exceso, o a utilizar directamente como crédito tributario
sin intereses para el pago del impuesto a la renta que cause en los ejercicios
impositivos posteriores y hasta dentro de 3 años contados desde la fecha de la
declaración, los contribuyentes definidos en el literal b) del artículo 72,
según corresponda, así:
i) Por el total de las retenciones que superen el saldo pendiente del
anticipo pagado, si no causare impuesto a la renta en el ejercicio corriente o
si el impuesto causado fuere inferior a ese anticipo. En caso de que las
retenciones no superen el saldo pendiente del anticipo pagado, previo al pago
de este saldo, se imputará el valor de las retenciones.
ii) Por las retenciones que le hubieren sido efectuadas, en la parte en
la que no hayan sido aplicadas al pago del impuesto a la renta, considerando el
saldo pendiente del anticipo pagado, en el caso de que el impuesto a la renta
causado fuere mayor al anticipo pagado"
PETICIÓN CONCRETA:
De los antecedentes indicados y con base a los fundamentos de hecho y
los de derecho expuestos, vendrá a conocimiento del Director General del
Servicio de Rentas Internas lo siguiente:
1. Que para el año 20 .............., según los resultados contables ......................... (nombre de la compañía por la que comparece o por sus
propios y personales derechos)., genero un Impuesto a la Renta causado mayor al
Anticipo determinado por USD .....................
consecuentemente este valor se consideró como impuesto
definitivo.
2. Conforme se señaló en el punto A.4.
(nombre de la compañía por la que comparece o por sus propios y
personales derechos) ................ generó por concepto de saldo de anticipo
de Impuesto a la Renta pendiente de pago por el ejercicio fiscal del 20 un valor de USD ............................
3. Que la compañía registra en el ejercicio fiscal 20 un valor por Crédito Tributario de años
anteriores de USD y en el mismo año registró un valor de USD
............................, por concepto de impuestos retenidos, los mismos
que se hallan soportados con los comprobantes de retención y cumplen con los
requisitos formales de validez establecidos en la LRTI, y el Reglamento de
Comprobantes de Venta y Retención.
4. Que por lo expuesto en los puntos anteriores, las retenciones son
mayores que el saldo de impuesto a la renta causado, al que se han aplicado los
anticipos pagados; crédito fiscal; y, retenciones en la fuente del ejercicio
fiscal correspondientes al 20 ............................, por lo que ............................
(nombre de la compañía por la que comparece o por sus propios y personales
derechos). puede solicitar la devolución de todo lo pagado en contra de la
justa medida legal.
5. Que de las copias de los comprobantes de retención que se adjuntan,
existe suficiente prueba de que las retenciones practicadas a .......................... (nombre de la compañía por la que comparece o por sus
propios y personales derechos)., cumplen con todos los requisitos legales, por
lo que el señor Director Regional Norte del Servicio de Rentas Internas ............................
se abstendrá de objetar los mismos por inobservancia de requisitos de forma.
6. En base a los fundamentos expuestos, solicito se reconozca el derecho
de .................. (nombre de la compañía por la que comparece o por sus
propios y personales derechos)., para que se reintegre la cantidad de USD ............................
(enunciar la cantidad Dólares de los Estados Unidos de América) más los
respectivos intereses legales calculados según el artículo 22 del Código
Tributario Orgánico.
DOCUMENTACION ADJUNTA:
Anexamos los siguientes documentos:
1. Copia certificada del ......................
nombramiento o poder especial) emitida por .....................
(nombre de la compañía por la que comparece o por sus propios y personales
derechos); se adjunta copia a color de la cédula de ciudadanía y papeleta de
votación;
2. Copia del formulario de declaración original de impuesto a la renta
del ejercicio fiscal 20 ............................
3. Copia del formulario de declaración de impuesto a la renta del
ejercicio fiscal 20 (año anterior al que
se reclama);
4. Detalle de la declaración de Impuesto a la renta correspondiente al
ejercicio fiscal 20 en medio magnético, en el cual se registran los nombres de
las cuentas y subcuentas, así como los correspondientes códigos contables de
cuenta, que componen todos y cada uno de los valores declarados en cada una de
las casillas de dicho formulario (Mapeo). 5. Libro mayor de la cuenta retención
en la fuente de Impuesto a la Renta 20 cuenta de activo;
6. Copias de los comprobantes de retención en la fuente del Impuesto a
la renta correspondientes al ejercicio fiscal 20 ............................
7. Listado impreso y en medio magnético de los comprobantes de retención
correspondientes al ejercicio fiscal 20 ............................;
8. Balance General y estado de resultados del año 20 a nivel de cuentas y subcuentas;
9. Balance de comprobación mensual del ejercicio fiscal correspondiente
al 20 ...................
10. Copias de las declaraciones de IVA por los meses ......................... (poner los meses que se van a reclamar) el 20 ............................;
11. Copias de las declaraciones de Retenciones en la Fuente por los
meses ......................... (poner los meses que se van a reclamar) del 20 ............................;
12. Plan de cuentas del ejercicio fiscal 20 en medio magnético; y,
13. Escrito firmado por el contador de .................. (nombre de la compañía por la que comparece o por sus propios y
personales derechos).,en el que se certifica que la información contenida en
original y medio magnético, es fiel copia de la original que reposa en los
archivos de la compañía.
NOTIFICACIONES:
Notificaciones que me correspondan las recibiré en la Casilla Judicial
No. ............................ (la que corresponda) del Palacio de Justicia
de esta ciudad de ............................ (el que corresponda)
Firmo conjuntamente con mi abogado patrocinador (el que se encuentre
designado por el reclamante), profesional del derecho a quien conjunta o
separadamente con su sola firma autorizo a presentar cuanto escrito sea
necesario para la consecución de mis intereses dentro de la presente causa.
ABOGADO ..................... REPRESENTANTE LEGAL
..........................
MAT
.......................
C. C. ..................................